sábado, 18 de octubre de 2008

El Seguro ambiental ya es obligatorio en Argentina

La Resolución 1398/08 (ver al pie) de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable ha hecho operativa la obligación que establece la Ley General del Ambiente (ley 25.675), al permitir al sector asegurador ofrecer pólizas en el mercado y destrabando así el último impedimento para la aplicación de esa norma.

Según el artículo 22 de la Ley 25675, "toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos, deberá contratar un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir".

La Resolución 1398/08 establece los criterios para determinar los montos mínimos asegurables que darán "entidad suficiente" a la cobertura.

Referencias:

La nota completa publicada en InfoBAE Profesional:
http://abogados.infobaeprofesional.com/notas/73311-Obligan-a-las-empresas-a-contratar-seguros-ambientales.html

La Resolución 1398/08 :
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/140000-144999/144845/norma.htm

La Ley 25675 (POLITICA AMBIENTAL NACIONAL) :
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/75000-79999/79980/norma.htm

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